
El Observatorio Legislativo de Quintana Roo advirtió una falta de transparencia del Gobierno del Estado en la difusión de resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declaran inconstitucionales diversos cobros incluidos en leyes de Hacienda estatales y municipales, pese a que existe la obligación de publicarlas en el Periódico Oficial del Estado.
De acuerdo con este organismo ciudadano, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ha ejercido reiteradamente su facultad de revisar leyes emitidas por el Congreso de la Unión y los congresos locales para verificar su apego al marco constitucional.
En ese proceso, la CNDH ha promovido acciones de inconstitucionalidad contra disposiciones fiscales de Quintana Roo y de varios de sus municipios, las cuales han sido resueltas favorablemente por la SCJN. Sin embargo, dichas resoluciones no se difunden de manera sistemática para conocimiento del público.
Eduardo Galaviz Ibarra, presidente del Observatorio Legislativo, precisó que recientemente, por mandato expreso de la SCJN, el Periódico Oficial del Estado publicó una resolución relacionada con cobros municipales considerados inconstitucionales. Estos se concentran en dos rubros principales: el cobro por la expedición de copias certificadas y la aplicación de una tarifa del 5% por concepto de alumbrado público.
Cobros injustificados y desproporcionados
En el caso de las copias certificadas y la búsqueda de documentos, la SCJN determinó que los montos fijados en las leyes de Hacienda son injustificados y desproporcionados, ya que no guardan relación con los costos reales del servicio, como el uso de hojas o tinta, ni con el esfuerzo administrativo requerido. La Corte concluyó que dichos cobros vulneran el principio de proporcionalidad tributaria previsto en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución.
Respecto al cobro del 5% por alumbrado público, el máximo tribunal señaló que, en realidad, se trata de un impuesto sobre el consumo de energía eléctrica, cuya regulación es competencia exclusiva del Congreso de la Unión. Además, el esquema permite cobrar montos distintos por un mismo servicio y utiliza como base elementos ajenos al costo real que enfrentan los municipios, lo que contraviene los principios de legalidad, equidad y justicia tributaria.
Galaviz Ibarra subrayó que estas resoluciones evidencian intentos de las autoridades estatales y municipales de imponer cobros que rebasan sus atribuciones constitucionales, y enfatizó que los municipios están obligados a acatar los criterios establecidos por la SCJN y ajustar sus normas fiscales conforme a la sentencia emitida en la Acción de Inconstitucionalidad 19/2024.
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