
El Congreso del Estado aprobó en comisiones un decreto que sumará un impuesto a las transacciones inmobiliarias, cuya responsabilidad recaerá en los peritos valuadores y responsables de las notarías.
De acuerdo con el boletín de la última sesión el tema pasó prácticamente de noche, por la polémica “Ley Chaleco”.
“En la misma sesión, el Pleno Legislativo aprobó reformas a diversas disposiciones de varios ordenamientos locales relacionadas al ejercicio de los peritos valuadores inmobiliarios para fines fiscales”, dice el primer párrafo. Y en el segundo apenas menciona que la iniciativa está encaminada a robustecer el andamiaje normativo respecto a la contribución del Impuesto Cedular por la Enajenación de Bienes Inmuebles en el Estado, esto, “a efecto de captar mayores rendimientos económicos para la entidad y así poder tener una hacienda estatal eficiente que permita contar con los recursos económicos suficientes para la ejecución de las acciones de gobierno y políticas públicas necesarias para ejercitar un Plan de Gobierno en beneficio de la ciudadanía”.
Trascendió ayer que este impuesto sumaría un porcentaje de al menos 5 por ciento de pago por la transacción de un inmueble al vendedor.
El documento legislativo detalla que “después de la revisión y análisis de la Iniciativa de Decreto y del Dictamen presentado que por la implementación de la iniciativa se prevé un impacto presupuestal por un importe de $ 5,090,000.00 (cinco millones noventa mil pesos), para el Ejercicio Fiscal 2024 y Ejercicios subsecuentes”.
Reformas a varias leyes
El proyecto de decreto es amplio y contempla la reforma a la Ley de Hacienda del Estado de Quintana Roo, el Código Fiscal del Estado de Quintana Roo, Ley de Valuación para el Estado de Quintana Roo, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, de la Ley del Servicio de Administración Tributaria del Estado de Quintana Roo, de la Ley de Catastro del Estado de Quintana Roo y de la Ley de Derechos del Estado de Quintana Roo.
Entre las adiciones, ahora los notarios públicos deberán verificar que los avalúos que sirvan de base para el cálculo del impuesto, hubieren sido realizados por Peritos Valuadores Inmobiliarios para Fines Fiscales inscritos en el Registro Estatal de Peritos Valuadores Inmobiliarios para Fines Fiscales, ante el SATQ.
“Los notarios públicos deberán constatar que los avalúos a que se refiere el párrafo anterior cuenten con la validación del SATQ”, detalla.
En tanto, en el artículo 25, refiere que los contribuyentes podrán solicitar la práctica de un avalúo por Peritos Valuadores Inmobiliarios para Fines Fiscales inscritos en el Registro
Estatal de Peritos Valuadores Inmobiliarios para Fines Fiscales ante el SATQ.
“Las personas que realicen los avalúos deberán contar con un registro vigente en el Registro Estatal de Peritos Inmobiliarios para Fines Fiscales ante el SATQ, en términos de lo dispuesto en la Ley de Valuación para el Estado de Quintana Roo y demás disposiciones aplicables”.
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