Por Ignacio Alonso Velasco

En asunto de la reelección inmediata de las autoridades municipales varía dentro de los países miembro de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico), pues estos pueden clasificarse en tres grandes conjuntos, tal y como se puede observar en la figura adjunta:


Categorías de regulación de la reelección inmediata de autoridades locales en países OCDE

Los que la tienen prohibida: en esta categoría solo se encuentra Colombia en donde sus alcaldes no pueden estar al frente del ayuntamiento por más de un periodo consecutivo, a pesar de que los concejales sí pueden reelegirse inmediatamente y sin límite de ocasiones. A partir del año 2030, México acompañará a Colombia en esta posición tras la reforma constitucional del 1 de abril del 2025 promovida por la presidente de la República, Claudia Sheinbaum.

En otro colectivo están algunos países que permiten la reelección inmediata, pero con un tope máximo de mandatos: En Corea del Sur y Chile se permite un máximo de tres mandatos consecutivos, es decir, doce años en el poder.

En donde solo se permite una posible reelección inmediata es en Italia (para municipios con más de 15 mil habitantes, aunque los que cuentan con menos de cinco mil pueden disponer de un tercer periodo inmediato), Costa Rica (donde se puede gobernar un municipio por un máximo de ocho años seguidos al contar con periodos de cuatro años) y México, en donde, desde la reforma constitucional del 2014, las autoridades municipales pueden ocupar el mismo cargo de manera consecutiva hasta por seis años, en aquellos municipios que tengan periodos de tres años.

Los países que tienen permitida la reelección indefinida en sus autoridades locales son la mayoría en la OCDE. En ellos no existe un límite legal sobre la cantidad de veces que un alcalde puede ser reelegido consecutivamente, lo que importa es que mantenga el respaldo electoral. Esto permite la continuidad y la consolidación de políticas públicas a mediano y largo plazo.

En esta categoría se encuentran, entre otros, Alemania, Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Dinamarca, Eslovenia, España, Estados Unidos (en muchas ciudades), Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Japón, Noruega, Suecia, Suiza o Reino Unido.
Algunos de estos países, como Francia y Finlandia, tienen sistemas en los que el alcalde no es elegido directamente por la ciudadanía, sino por el consejo municipal. Esto incide en los criterios de continuidad y rendición de cuentas.

La experiencia comparada demuestra que la reelección inmediata de las autoridades municipales no constituye, por sí misma, una amenaza para la democracia. Por el contrario, en la mayoría de los países de la OCDE se concibe como un mecanismo que permite a la ciudadanía premiar o castigar el desempeño de sus gobernantes mediante el voto, favoreciendo la continuidad de los proyectos exitosos y la rendición de cuentas.

La decisión de México de prohibir nuevamente la reelección inmediata a partir de 2030 representa un cambio de rumbo que lo coloca entre las escasas excepciones internacionales. Más allá de las posturas ideológicas, conviene preguntarnos si esta reforma fortalece realmente la democracia local o si, por el contrario, limita la posibilidad de consolidar gobiernos municipales eficaces, responsables y con visión de largo plazo. El debate apenas comienza, y debería sustentarse más en la evidencia comparada que en los prejuicios históricos.

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