La Corte consideró que varias disposiciones representaban una intromisión injustificada en la vida privada y una forma de discriminación para las personas con discapacidad.

En una decisión unánime, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales varios artículos del Código Civil de Quintana Roo que obligaban a quienes deseaban casarse a presentar un certificado médico con información sobre su salud, incluyendo enfermedades crónicas, contagiosas o hereditarias.

La Corte consideró que estas disposiciones representaban una intromisión injustificada en la vida privada y una forma de discriminación.

Uno de los motivos centrales de la invalidez fue que el Congreso de Quintana Roo no realizó una consulta previa a las personas con discapacidad, grupo directamente afectado por estos requisitos.

Esta omisión contraviene precedentes del propio tribunal, que ha subrayado la importancia de incluir a grupos vulnerables en decisiones legislativas que los afectan.

Sin sustento legal

Además, la Corte señaló que condicionar el matrimonio a la entrega de un certificado médico impone una carga desproporcionada sobre quienes viven con discapacidades o condiciones de salud estigmatizadas, lo que limita su autonomía y capacidad jurídica. Se trata, según el Pleno, de un mecanismo de exclusión que carece de justificación constitucional.

Los ministros también subrayaron que exigir la divulgación de datos sensibles de salud para contraer matrimonio viola el derecho a la privacidad y no existe sustento legal suficiente.

Esta resolución se da en el marco de la acción de inconstitucionalidad 29/2024, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Y representa un nuevo revés para el Congreso estatal, que reformó el Código Civil en diciembre de 2023 sin el debido proceso participativo -durante la XVII Legislatura la presidencia de la Junta de Gobierno y Coordinación Política fue ocupada por Renán Eduardo Sánchez Tajonar en el primer año y por Luis Humberto Aldana Navarro y Jissel Castro Marcial en el segundo año-.

Esto ocurrió en un contexto político en el que representantes locales habían prometido consultar al pueblo antes de tomar decisiones importantes. Este fallo revela una contradicción entre los compromisos públicos y las acciones legislativas reales.

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