En el pleno el magistrado Víctor Vivas dijo que la magistrada Claudia Carrillo revictimizó a la síndica, Vanessa Piña, dado que no hay una sentencia que diga que tiene conflictos de interés.

La magistrada dijo que existe una incongruencia en restituirle su atribución legal, pero no haber encontrado violencia política.

Chetumal, Quintana Roo.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO), por unanimidad de votos, determinó restituirle la totalidad de las atribuciones que por Ley se le confieren a la Síndico Municipal del Ayuntamiento de Bacalar. En su intervención, la magistrada Claudia Carrillo intentó argumentar que la autoridad no era competente para resolver el caso; mientras el magistrado presidente, Sergio Demeneghi, no la secundó y apoyó en su totalidad la estructura de sentencia de Víctor Vivas Vivas, que no encontró elementos de violencia de género, pero sí argumentos para restituirla en el cargo de elección popular

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Revictimización

Quiero dejar constancia en este pleno la revictimización que se hizo en agravio de la síndica municipal, dijo Vivas; que recibió como respuesta de Carrillo que sólo leía lo que decía parte de la queja. El magistrado presidente, Sergio Demeneghi, apoyó a Vivas en el argumento de fondo: en que es competente el Tribunal Electoral para desahogar el caso y lo felicitó por su estructura. “Noto que hay un obstáculo (para el ejercicio de sus funciones)», dijo Demeneghi, al respecto: «No pueden obstaculizar el cargo», agregó, para aclarar que no se está debatiendo lo que compete a la autoridad municipal.

Los magistrados resolvieron el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense JDC/023/2022 y su acumulado JDC/024/2022, que fueran presentados por Juana Vanessa Piña Gutiérrez, en contra de la determinación de revocarle su carácter de apoderada jurídica del Ayuntamiento de Bacalar, aprobada en la Primera Sesión Extraordinaria de Cabildo celebrada el 11 de julio del año en curso, y el Acta de Acuerdos que deriva de la referida sesión, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, el 19 de julio de 2022.

Restitución de derechos

Lo anterior, debido a que no quedó plenamente acreditada la existencia de algún conflicto de intereses entre el Ayuntamiento y la Síndica Municipal para que le fuera revocadas sus atribuciones como apoderada jurídica del Ayuntamiento de Bacalar. No obstante, de haberle restituido en su totalidad sus derechos político electorales, respecto a la violencia política contra las mujeres en razón de género, dicho agravio no se acreditó, ya que en ningún momento se realizaron acciones tendentes a limitar o menoscabar el ejercicio de sus funciones por el hecho de ser mujer, por lo que fue declarado inexistente. 

Revocaron acuerdo de Cabildo de Bacalar

Por lo que se resolvió revocar el Acuerdo del Cabildo aprobado por el Ayuntamiento de Bacalar, por medio del cual le revocan el carácter de Apoderada Jurídica a la Síndica Municipal, de fecha 4 de agosto del presente año y restituir a la Síndica Municipal, Juana Vanessa Piña Gutiérrez, el carácter de Apoderada Jurídica.

No se acreditó violencia política de género; incongruente, afirma dice Claudia Carrillo

Asimismo, al no acreditarse la violencia política de género, el Pleno dejó sin efectos las medidas de protección otorgadas a la actora mediante el Acuerdo Plenario del 19 de julio del año en curso, ordenando al Ayuntamiento del Municipio de Bacalar, publicar por el término de 72 horas la presente sentencia, en el sitio Oficial del Ayuntamiento y apercibiéndolo, que de no cumplir con los efectos establecidos en la presente sentencia se les impondrá alguna de las medidas de apremio previstas por el artículo 52 de la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral.  Para la magistrada Claudia Carrillo, quien emitió un voto concurrente y razonado, por disentir de algunas de algunas de las consideraciones señaladas en el proyecto, «concretamente al decir que es incongruente concluir que hay obstaculización y que no hay violencia política».

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