Por Ignacio Alonso Velasco 

La geografía regional clásica identificaba las comarcas como regiones naturales, cuyos rasgos humanos e históricos estarían determinados (determinismo geográfico) o, al menos, influenciados por factores físicos, principalmente por el relieve y los ríos (que marcan sus límites y definen zonas con clima, vegetación o suelos similares).

La complejidad de la geografía de México, su relieve compartimentado y la multiplicidad de climas, conlleva una gran variedad de regiones naturales diferenciadas. También la complejidad de su historia ha forjado que en cada comarca haya diferentes idiosincrasias y particularismos. De esta forma podemos encontrar la Comarca Lagunera, El Bajío o La Mixteca.

En España, la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL) le dedica su artículo 42 a las comarcas, cuya denominación y tratamiento pueden ser distinto, según estatutos de autonomía. Pocas comunidades autónomas han decidido dar existencia legal a sus comarcas, mediante instituciones intermedias entre los municipios y las provincias, como es el caso de Aragón, Cataluña o de Castilla y León, que solo cuenta con la Comarca de El Bierzo. Aunque también las puede haber que excedan el territorio correspondiente de una sola provincia, como habilita el artículo 42.2 de la LRBRL.

Debido a su relación con el medio rural y con productos agropecuarios, muchas comarcas se identifican con las denominaciones de origen que protegen su producción local, como en el caso de los quesos y los vinos.

En opinión de López y Benito (1999), existe la necesidad de reducir drásticamente el número de municipios y dar paso a una administración local más racional y mejor equipada. Frente a ello, la situación española es que cuenta con 8 mil 116 micromunicipios, con un modelo cantonal al que solamente una ley de fusión de municipios podría hacer frente, comprobada la nula voluntad por integrarse de los propios municipios. Los problemas de la fragmentación del mapa municipal español subsisten sin que haya una reforma profunda que la modifique (Riera, Haas, Amer y Vilaplana, 2005).

Esta situación difiere mucho de la existente en el Reino Unido, en Alemania o en Bélgica, país este donde la reforma llevada a cabo a partir de 1977 redujo las más de dos mil comunas existentes hasta entonces a 581 en la actualidad, teniendo por objetivos la consolidación de entidades viables por el número de residentes, superficie adecuada y medios financieros apropiados, aunque se sacrifiquen para ello criterios de participación política más directa.

Todo lo anterior suscita una pregunta que dejo para su reflexión. En México, con alrededor de 2 mil 478 municipios, sin viabilidad económica la mayor parte de ellos, ¿estarían dispuestos a fusionar sus gobiernos, territorios y poblaciones?

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