Por Hugo Alday Nieto
Derivado de la lectura de la colaboración del director de la facultad de derecho de la UNAM, Raúl Contreras Bustamante en la obra colectiva denominada “Transparencia y combate a la corrupción. Las lecciones de Santiago Nieto Castillo”, editado por Tirant Lo Blanch, me resulta importante compartir datos relacionados con el avance en papel del Sistema Nacional Anticorrupción, por sus siglas SNA, y su notable fracaso respecto de sus resultados con motivo de la inatención del mismo.
En su colaboración el doctor en Derecho, Raúl Contreras, señala que el fenómeno de la corrupción es un cáncer metastásico en México, cuyo origen se debe a una impureza moral, ya que su origen etimológico puede significar arruinar, destruir o maltratar, entre otras cosas.

Continúa con diferentes definiciones por grupos de pensadores y doctrinarios que finalmente coinciden con Transparencia Internacional, al señalar que la corrupción es el quebrantamiento del interés público en beneficio del interés privado, mismo que se compone de dos partes que ya conocemos como el ente púbico y el ente privado como sujetos activos, y la sociedad en su conjunto como sujeto pasivo, ya que el daño no se le ocasiona al Estado como tal, sino a todos los ciudadanos ya que el Estado se forma de tres elementos como el territorio, el gobierno y la población y es a todos esos elementos a quienes se afecta como tal, no solamente a una estructura orgánica.
Dentro del documento considero importante compartir la siguiente frase que representa una realidad que no está presente en el consciente colectivo, y que va de la siguiente manera: “encontrar un acto o hecho de corrupción implica recursos, esfuerzo e investigación. Y una vez revelados los actos, puede surgir más corrupción al presentarse otros fenómenos como la impunidad, complicidad y la opacidad”.
Es decir, el fenómeno no se termina al denunciar y resolver, sino que para lograr el cumplimiento de la norma se inicia otro largo camino de corrupción para poder ejecutar la Ley.
En el estudio se hace mención de que en el año 2020 se realizó el más serio informe del Índice de Percepción de Corrupción, por su siglas, IPC de Transparencia Internacional en el que se colocaba a México en el lugar 124 con tan solo 31 puntos obtenidos de 100 posibles, lo que nos coloca en el 30% de efectividad en el combate a la corrupción, es decir, muy mal posicionados y a la par de Bolivia, Kenia y Pakistán.

Sin cambios y empeorando
Sin embargo, para 2022 el IPC señala que México se mantiene en el mismo sector, sin embargo pasó del 124 al 126 con los mismos 31 puntos de 100, siendo que nuestros vecinos de Bolivia y Kenia subieron en puntaje y Pakistán disminuyó a 26 de 100 puntos, lo que nos coloca definitivamente en los últimos lugares de transparencia y de combate a la corrupción, pero lamentablemente sin cambios entre 2020 y 2022.
Cabe señalar que de los países latinoamericanos solo se ubican debajo de México, aquellos más señalados como países sin rastro de respeto a los derechos humanos como Venezuela, Honduras y Guatemala. Todos los demás países de las Américas, están por encima de México en transparencia y en combate a la corrupción, situación que nos queda clara cuando miramos a nuestros vecinos del norte juzgando a Trump y a nuestras autoridades amenazando políticamente con juzgar a expresidentes pero sin ningún proceso legal suficientemente sustentado.
El doctor Contreras señala que para poder enfrentar con solvencia este problema se requiere tomar en serio a la democracia y al estado de derecho como plataforma para edificar un Estado transparente con la siguiente frase: “la vida en democracia nos exige impulsar una sensibilidad y un pensamiento crítico sobre este fenómeno, sólo así será posible construir un Estado libre de políticas indebidas, carente de corrupción y aséptico”.
En este sentido, nos debe quedar ya muy claro que los últimos no siempre seremos los primeros, y que en resultados sobre combate a la corrupción y transparencia México no solamente se encuentra en los últimos, sino que bajó dos escalones del 124 al 126 en tan solo dos años.
Debemos entender que la transparencia no es solamente un capricho generado por la insistencia de grupos de participación ciudadana.

La transparencia es una obligación de conformidad con el artículo 6 de la Constitución General de la República y más aún, a partir del 27 de mayo de 2015 con la reforma del 113 constitucional, el Sistema Nacional Anticorrupción es un elemento vinculatorio para los tres niveles de gobierno.
Aunque para ello, necesitamos servidores públicos que conozcan el contenido de su Constitución para poder jurarla debidamente al momento de rendir su protesta, porque no conocer sus derechos y obligaciones también genera corrupción.
Es así que, de no avanzar en la materia, quienes se encuentren señalados como sujetos obligados en incumplimiento deberán sujetarse a las normas de responsabilidad y, en su caso, sujetarse posibles inhabilitaciones por desatender lo mandatado por la propia Carta Magna, bajo el más claro principio general del derecho “ubi societas ibi jus”, donde hay sociedad hay derecho, y el derecho no se negocia, se cumple.




















