Chetumal, Quintana Roo. – El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) declaró que Carlos Manuel Merino Campos y Rutilio Cruz Escandón Cadenas, gobernadores de Tabasco y Chiapas, respectivamente, violaron la ley electoral al apoyar activamente a Mara Lezama Espinosa, entonces candidata a la gubernatura por la coalición “Juntos Hacemos Historia en Quintana Roo’’, durante el proceso electoral pasado.
Dos de los tres magistrados determinaron que ambos mandatarios vulneraron los principios de imparcialidad y equidad, como se señala en el Procedimiento Especial Sancionador PES/083/2022, interpuesto por los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD).
Argumentaron que, al ser gobernadores Merino Campos y Escandón Cadenas, tienen la limitante de participar activamente en eventos proselitista, como lo hicieron para apoyar a Mara Lezama, pese a que asistan en días inhábiles, pidan licencia.
Señalaron que esto se debe a que “no es posible desvincular su calidad de funcionarios públicos, ya que, por la naturaleza de su cargo, las expresiones que realicen pueden impactar en los comicios que se estén efectuando”.
Sin embargo, desecharon la acusación de uso indebido de recursos públicos por parte de los gobernadores para apoyar a la entonces candidata a la gubernatura por la coalición formada por Morena, los partidos Verde Ecologista de México (PVEM) y del Trabajo (PT), así como Fuerza por México.
De igual manera, se declaró la inexistencia de la responsabilidad indirecta −por el supuesto beneficio electoral por la participación de ambos gobernadores− de Lezama Espinosa.
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El Pleno ordenó dar vista a los Congresos de los Estados de ambas entidades, para determinen lo que a derecho corresponda.
Asimismo, los magistrados negaron el Procedimiento Especial Sancionador PES/089/2022, que fue presentado por José Aurelio Sierra Pérez en contra de Lidia Esther Rojas Fabro, regidora del Ayuntamiento de Othón P. Blanco, por el presunto uso indebido de recursos públicos y promoción personal de servidores públicos en redes sociales.
Determinaron que, del caudal probatorio y demás diligencias llevadas a cabo por el Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), no se desprende elemento alguno, ni se acredita que la acusada haya cometido alguna falta o cometido alguna violación a la materia electoral.




















