Chetumal, Quintana Roo.- El pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) descartó el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense JDC/003/2022, promovido por José Francisco Ayala Castro para obtener una prórroga para la recepción de apoyos para la candidatura independiente a la gubernatura.
Por unanimidad, los magistrados determinaron que Ayala Castro no presentó los medios probatorios que acrediten su imposibilidad de llevar a cabo la obtención del apoyo ciudadano, por las medidas sanitarias ocasionadas por la pandemia Covid-19.
Además, señalaron que el acuerdo del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) IEQROO/CG/A-029-2022 se apega a las etapas establecidas en el procedimiento para el registro como candidatos independientes para el proceso electoral 2021-2022, por lo que no vulnera ninguno de los derechos político-electorales y humanos de Ayala Castro.
Con este fallo, los magistrados respaldaron el acuerdo emitido por el Ieqroo respecto de la negativa de prórroga para obtener la recepción de respaldo ciudadano que solicitó el aspirante.
También se analizó en la sesión el Recurso de Apelación RAP/005/2022 y su acumulado RAP/006/2022, que presentó Luis Enrique Cámara Villanueva, representante propietario del partido Movimiento Ciudadano (MC), y Fernando Esteban Salmerón Serna, representante legal de Roberto Palazuelos Badeaux, contra el la Comisión de Quejas y Denuncias del Ieqroo que determinó la medida cautelar solicitada, a través de la cual pretendían revertir la decisión de retirar las publicaciones en internet y en redes sociales.
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En este asunto, el pleno determinó por unanimidad sobreseer dicha apelación al quedar sin materia al actualizarse la causal de improcedencia en el artículo 31, fracción IX de la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral, debido a que Palazuelos Badeaux renunció a su precandidatura para contender en el proceso interno de selección de candidaturas a la gubernatura por el partido Movimiento Ciudadano.
Esta decisión provocó el cambio de la situación jurídica que vuelven innecesarias las medidas de protección que fueran dictadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Ieqroo.




















