Chetumal, Quintana Roo.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) declaró inexistente la impugnación que acusa a cinco presidentas municipales por supuesta promoción personalizada de la imagen, un uso indebido de recursos públicos, propaganda gubernamental y actos anticipados de precampaña.

Las imputadas en el Procedimiento Especial Sancionador PES/001/2022 fueron Mara Lezama Espinosa, presidenta municipal de Benito Juárez; Roxana LiLi Campos Miranda, presidenta municipal de Solidaridad; Juanita Obdulia Alonso Marrufo, presidenta municipal de Cozumel.

Así como Maricarmen Candelaria Hernández Solís; presidenta municipal de Felipe Carrillo Puerto y Yensunni Idalia Martínez Hernández, presidenta municipal de Othón P. Blanco.

Los magistrados declararon la inexistencia de las conductas denunciadas atribuidas a las alcaldesas, luego de que no se advierte de manera clara, ni es evidente que estas tuvieran como objeto la propaganda gubernamental personalizada.

Y, en lo que respecta a los actos anticipados de campaña denunciados, no se acreditaron los elementos personal, temporal y subjetivo, que son esenciales para acreditar este tipo de violaciones.

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Asimismo, los magistrados resolvieron el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense JDC/001/2022, que fuera presentado por Emiliano Elías González González en contra del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional y otros, por la supuesta omisión de emitir la convocatoria para la renovación de la Secretaría Estatal de Acción Juvenil del PAN en Quintana Roo.

El pleno, por unanimidad de votos determinó declarar la improcedencia de este medio de impugnación, al señalar que el promovente debió de agotar el principio de definitividad, es decir, acudir primeramente ante la instancia partidista, por lo que se ordenó reencausar el citado asunto a la Comisión de Justicia del Comité Ejecutivo Nacional del PAN, para que resuelva conforme a derecho.

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