A diferencia de un grupo de adultos de su municipio, niños, niñas y adolescentes de Bacalar, apoyados por sus padres y madres y el Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP), no desisten de su demanda para detener la construcción de la casa de descanso de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) junto a la Laguna de los Siete Colores, y presentaron una recurso de revisión en contra la resolución del Juzgado Primero de Distrito que les negó la suspensión definitiva contra la obra.

El recurso de revisión fue presentado por el grupo de 23 menores de edad el 24 de noviembre, contra la resolución negativa del 4 de noviembre pasado y en este momento es el único instrumento legal que queda para intentar detener de nuevo la obra del Ejército Mexicano cuestionada por iniciar sin permisos a pesar de su impacto ambiental.

El recurso fue admitido el 26 de noviembre, con lo que el Juzgado distribuyó las copias del escrito de agravios entre las partes, para que, una vez integrado el expediente, lo remitirá con el escrito original al Tribunal Colegiado al que toque el turno de la revisión.

Desde que la decisión del Juzgado fue tomada, la Defensoría Pública Federal anunció que se presentaría el recurso de revisión para defender el interés legítimo y el derecho a un medioambiente sano de los niños, niñas y adolescentes que son parte de este juicio de amparo, marcado con el número 313/2025.

Lo anterior porque el Juez Primero de Distrito con sede en Chetumal, Darío Alejandro Villa Arnaiz, les negó la suspensión definitiva de la construcción de la casa de descanso de la Sedena con el argumento de que no tienen el interés legítimo para luchar por un medioambiente sano y sus derechos socioculturales, porque a su parecer la obra no les afecta directamente.

Este juez del “acordeón” basó su sentencia en la retrógrada reforma de la Ley de Amparo que fue impulsada por presidenta Claudia Sheinbaum, misma que restringió los requisitos para demostrar el interés legítimo, bloqueando el acceso al juicio de amparo en contra afectaciones al medio ambiente y la defensa de derechos colectivos.

En el caso del juicio de amparo 313/2025 promovido por los menores de edad, el anterior juez de distrito, David Pacheco Monroy, que se retiró anticipadamente por oponerse a la reforma judicial, en un principio reconoció el interés legítimo de los 23 menores de edad y les concedió la suspensión provisional de la construcción.

Pero el nuevo titular del juzgado, surgido de la manipulada elección judicial, Darío Alejandro Villa Arnaiz, determinó que no había un daño directo a la vida de las niñas y niños con la obra militar y les negó la suspensión definitiva.

El juez no advirtió que las obras estuvieran generando este impacto en el ambiente, al menos de manera indiciaria, y por ende no actualizó tampoco el interés legítimo de la niñez quejosa para reclamar la obra y los actos en la demanda y tampoco para que se le conceda una suspensión definitiva, explicó en su momento el IFDP.

Para el juzgador no fue suficiente que se haya señalado y demostrado que las niñas y niños nacieron y habitan en la comunidad de Bacalar, pero lo más grave fue que el juez determinó que no existía una afectación dentro de la laguna porque las obras no estaban dentro del agua, lo cual es un entendimiento limitado en términos del tema de la afectación ambiental, que inclusive va en contra los criterios resueltos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Fueron 12 mamás y dos papás de 23 niñas, niños y adolescentes bacalarenses quienes iniciaron el juicio de amparo 313/2025 con apoyo del IFDP, en busca de detener la obra porque los militares empezaron a drenar el agua y modificar el ecosistema lagunar sin los permisos debidos. Con información de Diario Cambio 22.

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