En sesión remota del Pleno, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó tres disposiciones de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo, entre las que se encuentra el requisito de ser mexicano de nacimiento para acceder a ciertos cargos dentro de dicho organismo.
Particularmente, para los puestos de Vice Fiscal, Director General, Coordinador General o Titular de los Centros y de las Fiscalías Especializadas y Perito; además de que para ser Policía de Investigación se requería no contar con otra nacionalidad; lo cual el máximo tribunal del país consideró contrario a los artículos 1° y 32 constitucionales, pues las entidades federativas no tienen competencia para exigir esos requisitos.
Lo anterior como resultado de una resolución de la acción de inconstitucionalidad 111/2019, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que demandaba la invalidez de diversas disposiciones de dicha legislación que fue publicada en el Periódico Oficial del estado el 13 de septiembre de 2019, mediante el Decreto 357.

Adicionalmente, se declaró la invalidez de las normas que regulaban el aseguramiento de bienes, pues sólo el Congreso de la Unión tiene competencia para legislar en materia procedimental penal, por lo que el legislador local resultaría incompetente para expedir esas normas, según la SCJN.
De igual manera, se invalidaron las disposiciones donde se contemplaba como requisito para acceder a determinados cargos públicos el no haber sido inhabilitado o destituido, ni estar sujeto a procedimiento de responsabilidad administrativa federal o local. Esto porque dichas sanciones podían ser impuestas por conductas no graves y no era razonable pensar que ninguna de ellas podría desempeñar los cargos con honestidad y eficiencia.
En este sentido, consideró que impedir que quienes estén sujetos a un procedimiento de responsabilidad accedan a un cargo público viola el derecho a la presunción de inocencia, porque implica tratar a esas personas como culpables antes de que se les imponga una sanción en sentencia firme, finaliza el comunicado.




















