Noticias Pirámide, Chetumal.- El Congreso Local en uso de la libertad de configuración, en aras de armonizar la Constitución local, con las reformas en materia de reelección a nivel federal, realizó, entre otros, los actos señalados en los Antecedentes II y III de este Acuerdo, resultando con ello que con la expedición de la Ley local, incluyera el artículo Cuarto Transitorio que en su fracción VIII a la literalidad establece lo siguiente: “En el caso de la reelección de los miembros de los ayuntamientos del Estado, éstos estarán sujetos a los lineamientos que emita el Instituto Nacional Electoral”.
En entrevista la Consejera Presidenta Mayra San Román Carrillo Medina dijo que se enviará al INE una consulta para determinar si el IEQROO es competente o no para determinar y establecer los lineamientos en lo relativo en materia de reelección.
A pregunta expresa del reportero, la Consejera Presidenta Mayra San Román Carrillo Medina comentó que cualquiera que fuera la contestación del Instituto Nacional Electoral el Instituto Electoral de Quintana Roo tomará las medidas conducentes a efecto de brindar certeza en materia de reelección.
En razón de lo anterior, resulta importante precisar, que con la determinación que ese Instituto Nacional adopte, este órgano comicial estará en aptitud de dar contestación a las consultas de referencia, en plena observancia de lo establecido en el multicitado Transitorio Cuarto, fracción VIII de la Ley local. Sobre este punto, el Consejo General aprobó el acuerdo por mayoría con el voto en contra del Consejero Electoral Luis Carlos Santander Botello, en los términos planteados en esta Sesión Extraordinaria.
En otro punto del orden del día, el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) aprobó por unanimidad el registro de las plataformas electorales de los partidos políticos: PAN, PRI, PRD, PVEM, Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza, MORENA, PT y PES, que sostendrán en el proceso electoral local ordinario 2017-2018, luego de que el día 5 de febrero venciera la fecha para su presentación ante este instituto electoral.
Se informó que la plataforma electoral de un partido político, es el documento elaborado por dichas organizaciones y autorizado por la autoridad electoral que contiene sus propuestas políticas, postulados, declaración de principios y programa de acción, el cual, se hace del conocimiento de la ciudadanía para que ésta se sume a sus proyectos políticos, sociales y culturales de los partidos.
De esta manera, dichas organizaciones políticas cumplen en tiempo y forma con este requisito que la Ley electoral exige a los partidos políticos, y les permitirá poner a consideración de los quintanarroenses sus propuestas para que la ciudadanía decida por la mejor opción y lo refleje en las urnas electorales, el día de las elecciones el 1 de julio del año en curso.
Como se recordará, estas elecciones son concurrentes y se instrumentará para ello, la casilla única, que permitirá a los ciudadanos votar en las próximas elecciones tanto federal, donde se elegirá Presidente de la República, 500 Diputados (as) y 128 Senadores (ras); en el ámbito local, en el caso de Quintana Roo, se renovarán los 11 ayuntamientos del Estado.
Como lo establece la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Quintana Roo, en su artículo 278, que dice que para el registro de candidaturas a todo cargo de elección popular, el partido político postulante deberá presentar y obtener el registro de la plataforma electoral que sus candidatos sostendrán a los largo de las campañas políticas.
Señala que la plataforma electoral deberá presentar de forma impresa y digital para efectos de su registro ante el Consejo General dentro de los primeros cinco días del mes de febrero del año de la elección de Gobernador, Diputados y miembros de los Ayuntamientos, según sea el caso, expidiéndose constancia al partido político que registre en tiempo.
Por su parte, los ciudadanos que aspiren a ser registrados como candidatos independientes deberán presentar su programa de trabajo que promoverán en caso de ser registrados como tales, en términos de lo dispuesto en la presente Ley. En este caso, ya cumplieron cuando presentaron la solicitud de registro como tales.
En otro orden de ideas, fue aprobado por unanimidad, el informe presentado por la Secretaría Ejecutiva con respecto a los reportes del monitoreo a medios de comunicación que emitan espacios de noticias en radio, televisión y medios impresos.



















