A partir de que este jueves entre en vigor el decreto de la desaparición del Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V., la Asamblea General de Accionistas del deberá sesionar dentro de los treinta días siguientes para liquidar este organismo.
En el decreto, publicado este martes, precisa que los gastos que se generen deberán cubrirse con el presupuesto este año aprobado a la Secretaría de Turismo y no se incrementará el presupuesto regularizable del ramo 21.
En el siguiente mes, la Asamblea deberá emitir las bases para el proceso de liquidación del Consejo de Promoción, creado en 199 y que fue concebido como una empresa de participación estatal mayoritaria.
Aclara además que los asuntos del Consejo de Promoción que se encuentran en trámite a la entrada en vigor del decreto serán atendidos conforme a la normativa jurídica aplicable hasta su conclusión por el liquidador.
“Los derechos y obligaciones que en materia de promoción turística haya contraído el Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V. y se encuentren vigentes a la entrada en vigor del presente Decreto, serán ejercidos y, en su caso, asumidos por la coordinadora de sector, en términos de la normativa aplicable y de las bases para la liquidación que se emitan para tal efecto”.
En el caso, de los remanentes del proceso de liquidación del Consejo como muebles e inmuebles y derechos de carácter patrimonial, podrán ser transferidos por el liquidador al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes o, bien, a la Tesorería de la Federación, previo a la conclusión de dicho proceso y en términos de las bases de liquidación y de la normativa aplicable.
Este nuevo organismo, a partir del 11 de julio fue sustituido por el Consejo de Diplomacia Turística, aunque carece de recursos y será hasta 2020 que contaría con presupuesto.



















