Bernardo Roberto Jiménez Duarte fue removido del OIC

Por Jaguar Negro

Cancún, Quintana Roo. La Junta de Gobierno y Coordinación Política, Jugocopo, destituyó al titular del Órgano Interno de Control, sin haberlo notificado ni informado las razones.

La legislatura XV instrumentó juicios políticos para destituir a los magistrados nombrados en el quinquenio de Roberto Borge, y lo intentó por todos los medios legales posibles y no pudo.

Así, permanecieron con sus togas bien planchadas varios magistrados de dudosa trayectoria; así como otros cargos designados por órganos legítimamente constituidos.

En el caso del fiscal Arturo Álvarez Escalera, en ese entonces premiado con una notaría; y Javicho Zetina, auditor del Estado, quienes pactaron una salida política, dado que legalmente no era posible removerlos sin una causal grave.

En teoría, ambos son órganos autónomos.

Sin revisar este pasado, la actual legislatura que encabeza Renán Sánchez Tajonar, removió al titular del Órgano Interno de Control del Poder Legislativo, sin una causa clara ni justificación conocida, aun cuando es un órgano autónomo que fuera designado el pleno de la anterior legislatura (2019-2022).

¿Qué es el OIC?

Según el portal del mismo Congreso, el Órgano Interno de Control está dotado de autonomía técnica y de gestión, “adscrito administrativamente al pleno, sin que ello se traduzca en subordinación alguna”.

De acuerdo con un amparo indirecto, promovido por el servidor removido, Bernardo Roberto Jiménez Duarte, éste fue designado el 15 de marzo de 2022 para desempeñarse hasta el 2026; sin embargo, el 17 de noviembre fue removido violentando la ley.

Fue así que el pleno designó a Luis Jorge Mezquita Altamirano, y por ello, Jiménez Duarte promovió un recurso ante un juez de distrito.

Allí narra que nunca se le informó la razón o se le comunicó, de manera formal o informal, alguna razón, motivo o alguna circunstancia en particular del por qué se le removía del cargo.

Y enumera que, además de haber violentado sus Derechos Humanos, se le impidió la garantía de audiencia, el debido proceso y la tutela jurídica efectiva.

Sin facultades la Jugocopo

En el documento afirma que la Junta de Gobierno y Coordinación Política, Jugocopo, la que emitió el acuerdo, “no cuenta con facultades constitucionales y legales para proponer mi remoción, dado que la ley en el artículo 57, de todas las atribuciones, va más allá de las que se encuentran en el ámbito de sus atribuciones”.

Para el titular removido, “debió existir una declaratoria administrativa o judicial en la que, habiéndose respetado mis garantías, existiera alguna causa por la cual se me hubiese sancionado por una falta grave en el desempeño de mi cargo, en los términos del artículo del artículo 138 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y la general de Responsabilidades Administrativas”.

En el documento argumenta que nunca fue notificado de algún procedimiento judicial o administrativo, “esa ilegal y arbitraria determinación resulta desmedida y excesiva en su ejercicio como órgano”, refiere.

Y afirma que el documento íntegro de su remoción, nunca fue leído en el pleno, por lo tanto, los diputados no pudieron tener conocimiento del contenido del acuerdo.

“Es inconstitucional al violentarse sus derechos, no podía ser interrumpido por un ilegal acuerdo político y, propuesto por un órgano sin facultades (Jugocopo), al estar incluso viciado de origen”.

Conforme a la Ley de Amparo, solicitó la suspensión del acto reclamado hasta tanto se resuelva el juicio con efectos restitutorios, y que se le permita continuar ejerciendo como titular.

Lo que quería la nueva Jugocopo es una control propio, a modo y sin señalamientos, algo que ha logrado con esa imposición, para la cual, ha violentado la normativa según el amparo.

¿Cómo se resolverá? La justicia lo dirá pronto.

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