Por Jaguar Negro 

El caso Emma Zermeño (desplegado ampliamente por nuestro columnista Hugo Alday Nieto) puso claridad sobre el tema de las comunicaciones privadas: su uso es ilegal y no califica como probatorio en caso de juicios.

Hoy publica el profesor, escritor y Magistrado TEPJF, Felipe Peña, que en la sesión pública del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió que las conversaciones de WhatsApp “gozan de la protección constitucional de inviolabilidad de las comunicaciones privadas, y al no ser obtenidas conforme a exigencias legales, carecen de valor probatorio para acreditar violencia política en razón de género”, dice la sentencia.

La jurisprudencia de la SCJN, Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que apoya esta sentencia para señalar que las comunicaciones privadas son inviolables, está vigente desde 2013.

¿Habrá disculpa pública?

Es por ello que la sentencia en contra del ex alcalde de Felipe Carrillo Puerto, José Esquivel Vargas, conocido como Chak Meex, debería ser revisada exhaustivamente y bajo esta resolución, dado que fue acusado por la actual alcaldesa, Mary Hernández, sustentando su acusación en una grabación a todas luces ilegal y privada.

¿Le ofrecerá una disculpa pública tanto ella como las autoridades electorales locales, es decir, el Instituto Electoral de Quintana Roo y el Tribunal de Quintana Roo?

Veremos si el estado de derecho prevalece en Quintana Roo o su uso es político, así como lo hacia el viejo PRI.

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