Chetumal, Quintana Roo.- En sesión de pleno, el Tribunal Electoral de Quintana Roo resolvió un Juicio Ciudadano, tres Recursos de Apelación y un Procedimiento Especial Sancionador.
Los tres Recursos de Apelación los presentó el Partido Encuentro Social (PES) en contra de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo. Según el PES dicha Comisión determinó denegar las medidas cautelares solicitadas en diversos escritos de quejas contra la propaganda de candidatos de la coalición «Junto haremos historia», al utilizar en su propaganda la imagen de Andrés Manuel López Obrador.


El PES se quejaba de la propaganda del candidato a la presidencia municipal de Bacalar, Rivelino Valdivia Villaseca; de la candidata a la presidencia municipal de Benito Juárez, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa y de la candidata a la presidencia municipal de Solidaridad, Laura Beristaín Navarrete.

Al respecto los magistrados del pleno determinaron confirmar los acuerdos que niegan las medias cautelares solicitadas, toda vez que el acuerdo fue dictado en estricto derecho puesto que la propaganda denunciada se generó bajo la misma plataforma electoral y su contenido no llevaría al electorado a confusión.

Por otra parte, el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales que  presentó Emiliano Ramos Hernández en contra del Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática por la designación de José Luis Acosta Toledo, como candidato a Presidente Municipal de Benito Juárez, los magistrados determinaron sobreseer el juicio ciudadano debido a que este Tribunal ya emitió un pronunciamiento de fondo respecto de su pretensión al declarar inelegible al ciudadano José Luis Acosta Toledo, por lo cual queda sin materia el presente recurso.

El Procedimiento Especial Sancionador lo interpuso el Partido del Trabajo en contra de Alexander Zetina Aguiluz, candidato a la Presidencia Municipal de Bacalar.
El partido denuncia supuesta participación de personal que labora en el Ayuntamiento de Bacalar en la realización de campaña a favor de Zetina Aguiluz.

En este procedimiento, los Magistrados del pleno determinaron declarar inexistentes las conductas denunciadas.

Síguenos en Google News Únete a nuestro grupo de WhatsApp