Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó dejar sin validez el decreto para reformar el artículo 234 Ter del Código Penal de Quintana Roo, que castiga a quien haya adquirido bienes producto de un acto ilícito, incluso sin saberlo.

La reforma, impulsada por el entonces diputado local (ahora legislador federal) Humberto Aldana que sanciona a aquels que hayan adquirido bienes productos de algún delito, incluso sin averiguarlo con anterioridad, entró en vigor el 24 de abril en el Periódico Oficial del estado.

«Si quien recibió en venta, prenda o bajo cualquier otro concepto los instrumentos, objetos o productos del delito, después de su ejecución, no tomó las precauciones para cerciorarse de la legalidad de su procedencia o para asegurarse de que la persona de quien los recibió tenía derecho a disponer de ellos, será sancionada con seis meses a tres años de prisión y de 50 a 500 días multa”, establece la reforma invalidada por la SCJN.

En la acción de inconstitucionalidad 113/2024, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el organismo argumentó que el tipo penal contenido en dicho artículo carecía del elemento subjetivo necesario para acreditar que quien utilizara bienes de procedencia ilícita actuaba con conocimiento de dicha condición, poro que se sancionaría a quienes adquirieran bienes de buena fe, sin intención de participar en el hecho delictivo.

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Al respecto, el pleno de la SCJN concluyó que el artículo impugnado contenía “una redacción ambigua”, al establecer que se incurre en el delito si no se toman precauciones para asegurarse sobre el origen lícito de los bienes o del derecho de disposición de quien los obtenga, por lo que está medida sería retroactiva, pero no para toda la población.

Por ello, consideró como una formulación que resulta vaga» y que ni siquiera se establecen los parámetros para que las personas conozcan con certeza cuándo se considera que se han tomado las precauciones debidas para garantizar que no hayan adquirido un bien producto de un ilícito.

También se advirtió que esta reforma podría generar decisiones arbitrarias por parte de las autoridades encargadas de aplicar la reforma aprobada por el Congreso del Estado.

Reforma nacida para ser invalidada

El proceso legislativo que dio origen a la reforma al Código Penal del Quintana Roo comenzó con irregularidades.

Algunas fuentes indican que Alma Reynoso, presidenta de la Asociación de Arrendadoras de Automóviles de Quintana Roo, encabezó una toma de las oficinas de la representación del Poder Legislativo en Cancún para presionar la aprobación de esta reforma.

La entonces regidora del Ayuntamiento de Benito Juárez presionó a varios legisladores locales para impulsar y aprobar esta ley.

Finalmente, el entonces diputado local Humberto Aldana fue quien promovió dicha reforma, la cual fue aprobada y publicada en el Periódico Oficial para su entrada en vigor.

Con esta reforma, la SCJN invalidó otra ley impulsada y aprobada bajo el liderazgo de Humberto Aldana en el Poder Legislativo local

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