Detectó un peritaje que la obra de José Luis Pech Galera contiene párrafos en femenino y es copia en un 100 por ciento de la original.
El Código Penal Federal contempla en México prisión de seis meses a seis años y de trescientos a tres mil días multa, a quien publique a sabiendas una obra substituyendo el nombre del autor por otro nombre.

Por Luciano Núñez
Si algo condena con pasión el Tío Dardo, ésos son los jugadores que dan patadas por la espalda y; si alguien le hace hervir la sangre y subir la presión, ésos son los técnicos que se roban las ideas sin dar crédito. El plagio, además de su significado violento: secuestrar a alguien para obtener rescate por su libertad, “es copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias”, según la Real Academia. Una jugada que suele llamarse coloquialmente: “Copy-paste”.
Además del electoral, la familia Pech enfrenta varios frentes, ahora como jugador visitante. De acuerdo con una denuncia promovida ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor, Indautor, el ex rector de la Universidad Politécnica de Quintana Roo, José Luis Pech Galera, hijo de José Luis Pech, líder de MORENA en Quintana Roo, plagió una obra para obtener su título de maestría. Esto, se suma a una serie de denuncias que se dieron a conocer la semana pasada por supuestos desvíos de dineros públicos entre la Universidad Politécnica y diversas empresas “ilocalizables”, cuando el mismo Pech Galera era titular de la casa de altos estudios en Cancún.

El caso Acosta Asencio
De acuerdo a un documento al que tuvo acceso Grupo Pirámide, fue el 15 de julio de 2015 cuando fue promovido ante el Indautor, dependencia en donde se registran las obras de los creaciones, una queja que en el argot jurídico se denomina: “Junta de Avenencia”, bajo el expediente 206/98.402/1191/2015, mediante el cual, se cita a José Luis Pech Galera, entonces rector de la Universidad Politécnica, filial Cancún, por supuesto plagio de la tesis de maestría derivada de una obra literaria registrada antes por la maestra Claudia Patricia Acosta Asencio.
Fue hasta el 1 de marzo del año siguiente cuando se inicia la Averiguación Previa ante la Procuraduría de Justicia, PGR/QROO/CAN-II/0192/2016 por el delito federal de plagio, considerado por algunos juristas como uno de los más graves por considerarse a una obra la extensión del ser humano creador.
¿Qué es el plagio?

Es cuando una persona toma las ideas o palabras de otra y las utiliza como propias sin darle crédito a la persona, cuyas ideas o palabras se están utilizando, dice un artículo de la Universidad Iberoamericana, donde se aclara que el plagio puede ser intencional o no. Un asunto que incluso ha tocado al mismo presidente de la República, Enrique Peña Nieto, quien admitió no haber citado a autores de manera correcta en su tesis universitaria, donde está ampliamente propagado este delito.
Escrito en voz femenina y aun así La Salle lo aprobó
Después de los peritajes, el dictamen de la PGR señala que “la copia” de Pech Galera es equivalente al 100 por ciento de la obra, en la que incluso, se dejaron tal cual párrafos en femenino, y aun así, la Universidad La Salle de Cancún le otorgó el grado de maestro.
Acosta Asencio promovió entonces un amparo por la denegación de justicia y prepara una acción de infracción de Derechos de Autor en el Indautor.
La Gran Estafa

Fue sólo días atrás cuando salió a la luz el caso llamado “Estafa Maestra”, en donde aparece también mencionado el mismo Pech Galera, por celebrar supuestos contratos entre la Universidad Politécnica y empresas a las que la auditoría, hasta el día de hoy, no ha logrado encontrar.
Novedades de Quintana Roo publicó que en el caso de la Universidad Politécnica de Quintana Roo, recibió en 2016 un total de 97.2 millones de pesos producto de un convenio para la prestación de servicios con la Sedatu, los cuales habría transferido mediante licitaciones directas 97.2 millones de pesos de fondos federales a ocho empresas, con quienes realizó operaciones similares a las detectadas en el Sistema Quintanarroense de Comunicación Social, donde también es investigada una millonaria triangulación de fondos. “Del análisis de la información contable, se conoció que la UPQROO no registró en la contabilidad las operaciones que se derivaron de estos convenios suscritos con la SEDATU, por tanto, no fueron reportados en la Cuenta Pública del Estado los ingresos obtenidos, así como su aplicación”, señala el documento de la auditoría.

El “maestro” Pech Galera es hijo del doctor José Luis Pech, ex rector de la Universidad de Quintana Roo, a quien se le vinculó estrechamente con el ex gobernador Félix González Canto, actual senador, en cuyo sexenio se permutaron grandes extensiones de terreno en Tulum bajo condiciones, hasta hoy, cuestionadas por la prensa y varios organismos.
El Tío Dardo siempre recuerda a Maradona cuando filosofaba que, “la pelota no se mancha”, pero este tipo de lodos salpican más que otros.
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Dato histórico
«[…] Marco Valerio Marcial acusando a Fidentino de poeta plagiario por haberle copiado versos haciéndolos pasar cómo propios; y le imputa la comisión de un hurto manifiesto, de ser ladrón. […] Porque plagiario era, en tiempos antiguos, la persona que se apropiaba de esclavo ajeno y, también, la que hacía esclavo suyo a hombre libre; incurriendo así en delito de hurto, calificado de grave según la Ley Flavia contenida en el Digesto.» (Agúndez, 2005:1)
Marco Legal
El derecho moral se considera unido al autor y es inalienable, imprescriptible, irrenunciable e inembargable.
El derecho de autor es el reconocimiento que hace el Estado en favor de todo creador de obras literarias y artísticas previstas en el artículo 13 de esta Ley, en virtud del cual otorga su protección para que el autor goce de prerrogativas y privilegios exclusivos de carácter personal y patrimonial. Los primeros integran el llamado derecho moral y los segundos, el patrimonial.
En México, el Código Penal Federal contempla un delito que de conformidad con sus elementos se vincula a una de las muchas conductas que pudieran definirse como plagio, para tales efectos veamos lo que señala el artículo 427: «Se impondrá prisión de seis meses a seis años y de trescientos a tres mil días multa, a quien publique a sabiendas una obra substituyendo el nombre del autor por otro nombre».
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