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Rechaza SCJN frenar restricciones a la reproducción de delfines en cautiverio

El Pleno de la Corte resolvió la Revisión en Incidente de Suspensión 6/2026, derivada del amparo promovido por Internacional de Mamíferos Marinos, S.A. de C.V., empresa dedicada al manejo de delfines en Sonora y con presencia en Jalisco.

Rechaza la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspender temporalmente las disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre que prohíben la reproducción de mamíferos marinos en cautiverio y establecen condiciones específicas para su alojamiento, al considerar que debe prevalecer el interés social de proteger a estas especies y el derecho humano a un medio ambiente sano.

El Pleno de la Corte resolvió este jueves 10 de septiembre la Revisión en Incidente de Suspensión 6/2026, derivada del amparo promovido por Internacional de Mamíferos Marinos, S.A. de C.V., empresa dedicada al manejo de delfines en Sonora y con presencia en Jalisco.

La compañía impugnó diversas disposiciones de la reforma a la Ley General de Vida Silvestre, específicamente los artículos 47 Bis 4, 60 Bis, 122 y 127, relacionados con la prohibición de reproducción de mamíferos marinos en cautiverio, las condiciones en que deben mantenerse los cetáceos y las consecuencias administrativas por incumplir con estas obligaciones.

Como parte del juicio de amparo, la empresa solicitó suspender provisionalmente los efectos de la reforma mientras se resolvía el proceso judicial.

Sin embargo, el Pleno determinó que para conceder una suspensión debe ponderarse el interés particular de quien la solicita frente al interés social y las disposiciones consideradas de orden público.

En este caso, los ministros consideraron que las restricciones impugnadas tienen como finalidad mejorar las condiciones de vida de los mamíferos marinos, proteger su bienestar y conservación, además de salvaguardar la biodiversidad y el derecho humano a un medio ambiente sano.

La SCJN sostuvo además que la reforma representa un cambio de paradigma en la protección de los mamíferos marinos, pues deja de considerarlos únicamente como recursos susceptibles de aprovechamiento y establece que su protección requiere estándares reforzados.

Otro de los argumentos centrales fue que permitir de manera provisional la reproducción de ejemplares en cautiverio podría generar consecuencias irreversibles y frustrar la finalidad protectora de las nuevas disposiciones legales.

Con ello, la Suprema Corte confirmó la negativa de suspensión solicitada por Internacional de Mamíferos Marinos, por lo que las disposiciones cuestionadas permanecen vigentes mientras continúa el proceso de amparo.

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