Este miércoles fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) dos avisos dirigidos a las comunidades y pueblos indígenas mayas en Campeche, Quintana Roo y Yucatán, para que, si así lo deciden, se sumen a dos procedimientos administrativos iniciados por el presunto uso indebido de palabras de origen maya.
Las dos convocatorias establecen que las comunidades cuentan con 15 días hábiles, contados a partir de la última publicación de los avisos y sin contar sábado y domingo, para comparecer mediante sus representantes, conforme a sus usos, costumbres y sistemas normativos. Y sumarse a las quejas promovidas ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor).
En el primer procedimiento corresponde al expediente DPVDA/PIAPPC/001/2023, promovido por Simón Caamal Coh, Gabino Cruz Yeh, Cornelio Puc Jiménez y Plácido Balam Noh, integrantes del Pueblo Maya y del Gran Consejo Maya en Quintana Roo, en contra de Altura 1704 Proyectos S. de R.L. de C.V. y Carmen Esther Hernández Villaseñor.
La queja se refiere al presunto uso indebido de la palabra de origen maya «Kuxtal«, considerada parte del patrimonio cultural del pueblo maya, sin contar con la autorización de esa comunidad.
El segundo aviso corresponde al expediente DPVDA/PIAPPC/002/2024, presentado por Alejandro Cauich May, Candelario Ye Alcocer, Esteban Puc Chan, Sergio César Chan Balam y Santos Modesto Caamal Dzidz, integrantes del Pueblo Maya, en contra de Desarrolladora Gredos, S.A. de C.V., KL4 Construcciones, S.A. de C.V. y José Antonio Vázquez Cortazar.
En este caso, la inconformidad está relacionada con el uso de las palabras de origen maya «MYAKAAN«, «MAYAKAAN» y «KA’AN«, también identificadas como parte del patrimonio cultural del pueblo maya.
INPI detecta uso indebido
En ambos casos, el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) identificó que estos vocablos forman parte del patrimonio cultural de las comunidades mayas asentadas en Campeche, Yucatán y Quintana Roo, conforme al Catálogo de Lenguas Indígenas Nacionales.
Por ello, se solicita a las comunidades que consideren afectados sus derechos colectivos sobre ese patrimonio que presenten un escrito firmado o con huella digital por quienes las representen. Y manifiesten su interés en adherirse al procedimiento y la forma en que estiman vulnerados sus derechos.
Los documentos deben entregarse directamente en las oficinas del Indautor, en la Ciudad de México, o en cualquiera de las representaciones del INPI en Campeche, Quintana Roo o Yucatán.
Estos procedimientos se suman a otros litigios relacionados con el uso comercial de elementos de la cultura maya. Entre ellos destaca el caso de la empresa Xcaret, luego de que en marzo de 2026 la Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó la medida de amparo que protegía a la empresa. Y ordenó retirar de su publicidad la simbología y otros elementos de la cultura maya mientras continúa el juicio.
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