Por Grupo Pirámide
El diputado Hugo Alday Nieto, presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano Sustentable y Asuntos Metropolitanos, analizó que la aprobación de la Ley de Expropiación, Ocupación Temporal y Limitación de Dominio de Quintana Roo, será una herramienta fundamental que complementará o coadyuvará a la Ley de Asentamientos Urbanos y Direcciones Urbanísticas de Quintana Roo.
De acuerdo con lo aprobado, explicó, se trata de dos normas previamente aprobadas en las cuales se faculta a la Sedetus, Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable, para llevar a cabo, entre otras cosas, la regularización de asentamientos humanos.
“En esta nueva Ley de expropiación, ocupación temporal y limitación del dominio en Quintana Roo, es importante que veamos dos aspectos, el primero, el artículo 11, que nos habla de la utilidad pública y, dentro de la utilidad pública, algunos de los de los elementos que pueden conformarla son precisamente temas de regularización, ampliación de vialidad o estructurales.
—¿Tiene que ver con la cantidad de ejidos que hay en los municipios?
—Sabemos que grandes porciones de tierra alrededor de nuestros municipios, principalmente de zona ejidal, crecieron sin ordenamiento, sin ningún ordenamiento territorial, entonces hay calles que que de pronto se convierten en una T y terminan en una pared. En este sentido, bueno, se encontrará facultado también para llevar a cabo en su caso, un procedimiento, cuando se tenga que avanzar por esas avenidas que crecieron sin autorización de forma ilegal.
Vivienda social
—Qué otro beneficio trae esta nueva ley?
—El tema del medio ambiente, para proteger el medio ambiente y preservarlo, es una de las causas de utilidad pública, por las cuales se puede realizar la expropiación o la ocupación temporal o limitación de algún dominio de algún inmueble. Por lo que se refiere al desarrollo de vivienda social, creo que es importantísimo, hoy tenemos una gran cantidad de invasiones, décadas en donde no se puede tener un desarrollo que, por lo menos, tenga los elementos mínimos de derecho humanos para las personas que allí viven. El llevar a cabo una expropiación por parte del Estado ayudaría muchísimo poder tener un correcto ordenamiento de la tierra, un orden porque finalmente estas porciones de tierra, por lo general, ya tienen una historia jurisdiccional o penal en el fondo que limita o cierran todos los caminos para que la autoridad pueda regularizar de la forma administrativa común.
—Hay también muchos terrenos federales que están en esa situación…
—Es correcto. La misma Federación le otorga el dominio al al Estado y que, muchas veces, se encuentran ocupados de manera ilegal. Para eso también se encuentran integrados en el artículo 11 que es de utilidad pública. Y un elemento muy importante, es que no es una expropiación o una ocupación lisa y llana.
—¿Cómo se haría este esquema de expropiación?
—El artículo quinto nos habla de la indemnización, es decir, del pago y hay tres supuestos: el primero es el valor catastral del mueble; el segundo es el que convengan las partes y el tercero es el valor comercial que establece reglas específicas en la que se incluye, obviamente, el avalúo. Como tal creo que es una ley muy noble, es una ley que nos va a ayudar a poner orden a décadas y décadas de asentamientos humanos irregulares, avalados por estados que no se interesaron en las personas.
